2Artículo 31 bis del CP. 1. En los supuestos previstos en este código, las personas jurídicas serán penalmente responsables: a) De los delitos cometidos en nombre o por cuenta de las mismas, y en su beneficio directo o indirecto, por sus representantes legales o por aquellos que, actuando individualmente o como integrantes Laley de Delitos Económicos publicada día 17 de agosto de 2023 en el Diario Oficial, ley 21.595, introduce relevantes cambios a las penas que pueden ser impuestas a las personas jurídicas, los delitos por los que pueden ser condenadas y las medidas de prevención que deben adoptar. Enefecto, en la actualidad, el tema de la responsabilidad penal de las personas jurídicas se encuentra relacionado, fundamentalmente, al ámbito de los delitos económicos, es decir, a todas las acciones punibles y las infracciones administrativas que se cometen en el marco de la participación de una persona jurídica en la vida económica. ResponsabilidadPenal de las Personas Jurídicas – VI Catálogo de delitos. VI Catálogo de delitos. Vigente desde el 13 de marzo de 2019 hasta el 6 de octubre de 2022. Promulgado con la Ley Orgánica 1/2019, de 20 de febrero, por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, para transponer Directivas de Silas personas morales son ficciones jurídicas, ¿cómo pueden cometer o materializar delitos? a Anombre dela persona moral. d Con recursos proporcionados por la persona moralpara desempeñar sus actividades o funciones. c En beneficio dela persona moral. b Porcuentade la persona moral. A l momento en que sus integrantes o empleados Elart. 31 bis no dice que las personas jurídicas cometan el delito. Lo que establece el precepto, La LO 1/2015 sustituye la condición de que el autor del delito haya podido cometerlo por no haberse ejercido sobre él “el debido control” por el menos exigente requisito de “haberse incumplido gravemente los deberes de Nose puede porque las personas jurídicas no pueden cometer el delito de estafa. No se puede porque los delitos siempre lo cometen las personas físicas y aunque puedan responder las personas jurídicas hay que denunciar siempre a una persona física también. Se puede seguir el procedimiento exclusivamente contra “LA FAVORITA,SA.”. El delito puede ser cometido por cualquier persona natural que ocupe un cargo o función, o también, por una persona natural que preste servicios a esta, tenga o no representación. Además, se amplía la responsabilidad a hechos perpetrados por personas naturales que formen parte de personas jurídicas distintas, pero con las cuales se Comoconsecuencia de las reformas operadas en nuestro Código Penal, especialmente la efectuada en 2015, es conocido que las personas jurídicas pueden cometer delitos. De los delitos cometidos, en el ejercicio de actividades sociales y por cuenta y en beneficio directo o indirecto de las mismas, Seintroducen nuevos delitos que generan responsabilidad penal de las personas jurídicas. Se modifica la pena de multa aplicable por la responsabilidad penal de las personas jurídicas. Se agrega el comiso y el comiso de ganancias como pena aplicable a los delitos que pueden cometer las personas jurídicas. Se agrega como pena y/o .

delitos que pueden cometer las personas jurídicas